
Ley de cumplimiento tributario: Cuentas que NO deberán informar transferencias al SII.
La nueva Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias introduce medidas para fortalecer la justicia en el sistema impositivo, como el monitoreo de transferencias bancarias para combatir la informalidad. Desde su entrada en vigencia, los bancos e instituciones financieras deben informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) si un cliente recibe 50 o más transferencias de personas distintas en un día, semana o mes, y también cuando recibe más de 100 transferencias en un semestre. Esta obligación aplica tanto a personas naturales como jurídicas, domiciliadas en Chile o con presencia en el país. Si una persona tiene varias cuentas en una misma institución, las transferencias se suman.
No obstante, la ley excluye a los emisores de cuentas de provisión de fondos (CPF), como las tarjetas de prepago, de la obligación de reportar transferencias. Estos emisores, regulados por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), permiten a sus usuarios utilizar fondos para pagos y otras transacciones. Aunque estas cuentas pueden recibir abonos importantes —hasta $60 millones al mes en algunos casos— no están obligadas a informar sus movimientos. Esta omisión generó inquietud en el sector, ya que el artículo 85 bis del Código Tributario, vigente desde 2022, establece que solo las entidades supervisadas por la CMF o el Ministerio de Economía deben reportar.
Por lo tanto, las transferencias realizadas a cuentas como: Mercado Pago, Tenpo, Global66, Prex, Copec Pay, Tapp, SumUp, entre otros, NO ESTARÁN OBLIGADAS A INFORMAR LAS TRANSFERENCIAS DE SUS CLIENTES.
Para incluir a estos emisores, sería necesaria una nueva legislación, pues un cambio a través de actos administrativos carecería de la validez legal.